La colegiación es importante por diferentes razones:
Formamos parte de un colectivo y tenemos como tal un punto de encuentro profesional.
Los colegios velan por el bienestar y defienden el ejercicio de la profesión en distintos ámbitos.
Damos al usuario/paciente la certeza de tener cumplir unos estándares de calidad mínimos.
Los Colegios incluyen en sus cuotas el seguro de Responsabilidad Civil, obligatorio a nivel estatal para el ejercicio de la profesión.
Los Colegios proporcionan asesoramiento jurídico y fiscal para sus colegiados.
¿Qué es un Colegio Profesional de Logopedas?
Según el artículo 1.1 de la Ley de Colegios Profesionales 2/1974, "los Colegios Profesionales son Corporaciones de derecho publico, amparadas por la Ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines". Es decir, son corporaciones que ejercen funciones púlico-privadas.
Sus funciones son:
La ordenación del ejercicio de la logopedia
La representación institucional exclusiva de la logopedia
La defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados, todo ello sin perjuicio de la competencia de la Administración Pública por razón de la relación funcionarial.
¿Existen colegios profesionales en todas las CCAA?
Aún no. El Principado de Asturias, está en proceso de creación de un colegio profesional de logopedas. Y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla cuentan con representantes dentro de la Junta de Gobierno del Colegio Profesional de Logopedas de Andalucía.
¿Es obligatorio estar colegiado para ejercer como logopeda en España?
La colegiación es obligatoria en todo el territorio español excepto las comunidades autónomas: País Vasco, Extremadura, Madrid, la Rioja, Canarias, Navarra y Asturias. Para ejercer como logopeda en España es obligatorio estar en posesión del título de diplomado o graduado en Logopedia, y disponer de un seguro de responsabilidad civil profesional.
¿Dónde debo colegiarme?
Según el artículo 3.3 de la Ley de Colegios Profesionales 2/1974, la comunidad de colegiación dependerá de dónde tengas tu domicilio profesional principal:
Si en la comunidad donde trabajas existe colegio profesional, debes colegiarte allí.
Si en la comunidad donde trabajas no existe colegio profesional, debes regirte por la legislación de donde tienes tu domicilio profesional único o principal.
Si trabajas en más de una comunidad, debes colegiarte donde tengas tu domicilio profesional principal.
No, cada colegio profesional tiene su propia bolsa de trabajo y el Consejo se encargar de hacer difusión al resto de colegios cuando alguno lo solicita de manera explícita.
¿Cómo debo homologar mi título si he estudiado Logopedia fuera de la UE?
La homologación de un título universitario de algún país no perteneciente a la Unión Europea se deberá de hacer a través del Ministerio de Universidades presentando la siguiente documentación:
Documento de identidad del país de procedencia o emitido por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En caso de ciudadanos españoles, documento nacional de identidad.
Título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
Certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos) y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
Acreditación del pago de la tasa 107.
Acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada, a menos que su lengua oficial sea el español.
Declaración responsable en la que la persona interesada manifieste la veracidad de los datos que aporta.
Para más información se puede acceder al siguiente enlace:
¿Cómo debo hacer el reconocimiento de cualificación profesional si he estudiado logopedia dentro de la UE?
El reconocimiento de cualificación profesional de logopeda cuando el país que expide el título es miembro de la Unión Europea se regula a través del Ministerio de Sanidad, en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio y el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre y demás normativa vigente.
Los requisitos para ejercer una profesión sanitaria en España son:
Disponer del correspondiente título oficial español o reconocimiento u homologación de un título extranjero.
Estar colegiado, en el caso de la logopedia dependerá de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio profesional principal.
No estar suspendido o inhabilitado para el ejercicio de la profesión.
Disponer de cobertura de responsabilidad civil profesional.