
El Tribunal Supremo anula el Real Decreto que transfería al País Vasco competencias sobre homologación de títulos universitarios extranjeros
El Tribunal Supremo ha anulado en su totalidad el Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, que transfería a la Comunidad Autónoma del País Vasco funciones relativas a la homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en sistemas de educación superior extranjeros.
La sentencia estima los recursos interpuestos por un amplio grupo de corporaciones profesionales: el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España, la Unión Profesional, el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería, el Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Estomatólogos, la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid, y el Consejo General de la Abogacía Española.
El Tribunal considera que la homologación de títulos universitarios extranjeros, por afectar al ejercicio de profesiones tituladas, es una competencia exclusiva del Estado, no susceptible de transferencia autonómica, en virtud del artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española. Recuerda, además, que esta función incluye tanto la regulación como la verificación de los niveles formativos requeridos para ejercer dichas profesiones.